La Intendencia de Lavalleja comunica a la población que según Decreto 3416 de la Junta Departamental fue modificado el Articulo 4 del Decreto No 2835/2010 de la Junta Departamental (bonificación de vehículos utilitarios y/o transportistas) el quedó redactado de la siguiente manera:
Artículo 4º - Los vehículos utilitarios de carga de 1500 kilos o más, gozarán de una bonificación del 15% (quince por ciento) en el Impuesto de Patente de Rodados.
Los vehículos utilizados por empresas transportistas de cargas, gozarán de una bonificación de 38% (treinta y ocho por ciento) en el Impuesto de Patente de Rodados.
Para acceder al presente beneficio fiscal, el contribuyente deberá acreditar la inscripción vigente del vehículo ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, cuando así corresponda, de acuerdo al procedimiento que reglamente la Intendencia de Lavalleja.
Prensa - Intendencia Departamental de Lavalleja
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