El Intendente de Florida Carlos Enciso será llamado a sala
para que explique el pago ilegal de compensaciones a varios cargos directivos
de su gobierno desde el año 2013. El Edil Pablo Lanz considera que deberán
devolver el dinero cobrado de más en forma irregular. Los funcionarios –algunos
de confianza- percibieron un 45% de compensación por sobre su salario.
El Edil colorado Pablo Lanz anunció que en la próxima sesión
de la Junta Departamental de Florida convocará al Intendente Carlos Enciso a
los efectos que explique porqué se pagó un 30% por mayor dedicación y otro 15%
más a un número no determinado de funcionarios que ocuparon cargos directivos,
algunos de ellos de confianza política.
Lanz había advertido sobre las observaciones realizadas por
el Contador Delegado del TCR pero fue desoído por la administración Enciso, que
ahora recibe un informe que el edil entiende es contundente y por el cual, el
intendente deberá dar explicaciones y adoptar medidas para regularizar la
situación.
De acuerdo a la documentación en poder del edil, desde el
año 2008 la administración Enciso pagó compensaciones del 30% más el 15% a funcionarios que ocupan
cargos directivos, amparado en un informe de Jurídica de la Intendencia que
tanto el Tribunal de Cuentas como otros profesionales han desechado.
La respuesta que emitió el TCR establece entre otros
conceptos que, “en el muestreo realizado se constató que, funcionarios del
escalafón directivo, percibieron en simultáneo en el mismo mes, la partida por
estar a la orden y la partida por mayor
dedicación a la tarea, y en otros casos, percibieron un 30% de la partida por
estar a la orden, lo que excede el tope del 15%, incumpliéndose por tanto en
ambas situaciones, lo establecido en el artículo 8 del Decreto de la Junta
Departamental de Florida Nº 23/07.
Lanz cree que los directivos que cobraron en exceso y fuera
del marco legal deberán devolver el dinero.
Art. 8 del Decreto de la Junta Departamental de Florida Nº
23/07
Art. 8º.- Autorízase
al Sr. Intendente Municipal, a otorgar una compensación de hasta el 30 % sobre
el sueldo básico a aquellos funcionarios que, por la índole de la tarea a cumplir
por imperio de necesidades del servicio, deban prestar funciones en régimen a
la orden. En ningún caso se adicionará esta compensación al régimen estipulado
en el artículo 43 de la Ampliación Presupuestal 1996.
Ampliación Presupuestal 1996
Art.43º.- Fíjase como tope máximo la retribución salarial
fijada para el cargo ubicado dos grados por encima de la escala jerárquica y
escalafón a la que pertenece, las compensaciones que se otorguen a los
funcionarios que desempeñan las funciones que se detallan a continuación:
- chofer en régimen de permanencia a la orden,
- chofer de ambulancia, chata, ómnibus, gravilladora,
bitumen,
- coordinación, dirección y ejecución del protocolo en actos
y ceremonias en días inhábiles y horarios
extraordinarios,
- asistencia y colaboración en las secretarías privadas del
Sr. Intendente Municipal y Secretario
General.
Los funcionarios que integran el escalafón de Personal
Directivo (R), recibirán como máxima compensación la establecida por concepto
de Mayor dedicación a la tarea.
El Intendente reglamentará el porcentaje correspondiente a
cada función, en base al principio que "a igual función deberá percibir
igual remuneración."
Florida24.com.uy
Florida24.com.uy