Se deberá vacunar a las categoría bovinas menores de 2 años. El período comprenderá del 15 de mayo al 15 de junio de 2019. Como condiciones indispensables para entregar la vacuna, los titulares deberán presentar: Declaración Jurada al 30 de junio del 2018; Planilla de Control Interno de existencias y Planilla de control sanitario al día. Es importante recordar que al momento del retiro de las dosis es necesario poseer elementos apropiados para que las vacunas no pierdan la cadena de frío y por ende su efectividad, esto es, conservadora
con hielo o refrigerante en cantidad suficiente. Los adelantos de vacunación del período deberán ser Certificados por Médico Veterinario Habilitado. Recuerde que durante el período comprendido entre el 15 al 31 de mayo, no se podrán realizar eventos de concentración de bovinos, con la participación de animales menores de 2 (dos) años (tales como remates feria, exposiciones, etc). En la resolución que se adjunta se establecen éstas y otras condiciones para el movimiento de animales y para la entrega de vacunas a los productores.
Fuente mgap.gub.uy
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