La Intendencia de Florida a través e la Dirección General de Hacienda, recuerda a todos los proveedores de la Intendencia de Florida, que por disposición del Decreto del Poder Ejecutivo nº 180/2015, que desde el pasado 1 de setiembre del 2015, los pagos deben acreditarse en cuentas radicadas en una institución de intermediación financiera, mediante transferencia electrónica de fondos.
La cuenta bancaria deberá además estar acreditada por el proveedor a tal fin en el RUPE.
La responsabilidad por la inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado, corresponde al proveedor y cuando la misma no haya sido realizada podrá retenerse el pago hasta que se complete dicho requisito.
Comunicaciones IDF
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