miércoles, 1 de julio de 2015

SOLOS EN LA MADRUGADA

Comienza a regir hoy la Ley de Nocturnidad que beneficia a aproximadamente 70 mil trabajadores
Comienza a regir en esta jornada la denominada Ley de Nocturnidad la cual otorga un plus del 20% a quienes se desempeñan total o parcialmente (al menos cinco horas) entre las 22 y las 6 horas.

La nueva disposición fue aprobada en febrero de 2015 y contempla a unos 70 mil  trabajadores, según datos del PTI-CNT.

El ministro de Trabajo, Nelson Loustaunau, explicó que recién entra en vigencia en el séptimo mes del año porque “se pretende dar un tiempo de difusión y conocimiento de la norma”.


La idea es evitar los incumplimientos pero además atender los casos de quienes apenas sobrepasan una pequeña fracción de tiempo en el horario que atiende la normativa (de 22 a 06 horas), lo que podría implicar una adaptación de los horarios por parte de la empresa.

En su artículo 2, hace referencia a la mujer embarazada, la cual no podrá ser despedida por pedir cambio de horario cuando notifique su estado, deberá ser reasignada al horario diurno si es su voluntad, sin que esto signifique la pérdida de la compensación monetaria que percibía por el horario nocturno. Esto se extenderá hasta un año pasado el alumbramiento.

Valor mínimo de la compensación

El siguiente artículo de la Ley marca un valor mínimo de compensación del 20% o su equivalente en reducción horaria. Cuando la compensación ya exista pero esta sea menor a la que ley establece, será ajustada hasta llegar al porcentaje anteriormente mencionado. Cuando el trabajador opte por la reducción horaria, se aplicara el mismo criterio.

Además de las obligaciones que puede enfrentar el empleador ante cualquier reclamo por parte del trabajador por el incumplimiento de cualquier normativa laboral, el Ministro de trabajo expresó públicamente que quienes no cumplan con esta nueva disposición (como ocurre ante el incumplimiento de cualquier legislación laboral) serán pasibles de sanciones administrativas. “Una vez que esté en vigencia la Ley, si la Inspección General del Trabajo constata que una empresa no está pagando este beneficio, puede aplicar multas que van desde lo pecuniario hasta eventuales cierres parciales de los establecimientos comerciales”.


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