jueves, 5 de febrero de 2015

LARGARON....

Gobierno firmó decreto y cada 30 días se podrá comprar cannabis medicinal

Cualquier persona mayor de 18 años y con receta de su médico podrá comprar, una vez al mes, cannabis medicinal en las farmacias habilitadas por el Ministerio de Salud Pública.

El gobierno uruguayo firmó el decreto por el cual se regula la producción, la venta y el consumo de marihuana medicinal o para investigaciones científicas.

“Se encuentra permitida la plantación, cultivo, cosecha, acopio y comercialización de cannabis psicoactivo y no psicoactivo para ser destinado, en forma exclusiva, a la investigación científica o a la elaboración de Especialidades Vegetales o Especialidades Farmacéuticas para uso medicinal”, dice el decreto firmado por el presidente de la República y los ministros.

Todas las actividades mencionadas en el decreto quedan sujetas a la autorización del Instituto de Regulación y Control de Cannabis (IRCCA).

El documento explica que por especialidad farmacéutica se entiende “a todo medicamento simple o compuesto a base de cannabis (psicoactivo y no psicoactivo) con nombre registrado en el Ministerio de Salud Pública de fórmula cualicuantitativa declarada, fabricada industrialmente y con propiedades terapéuticas comprobables, que se comercializa en determinadas unidades de venta”.

El gobierno uruguayo y el IRCCA  se comprometen a "promover y facilitar aquellas actividades dirigidas al desarrollo de proyectos de investigación que contribuyan al conocimiento y producción de evidencia científica respecto al cannabis dentro de la normativa vigente”.

La distribución será realizada por el elaborador o importador a través de droguerías o farmacias habilitadas por el Ministerio de Salud Pública (MSP) y se venderá “exclusivamente contra la presentación de la receta oficial”.

Podrán comprar cannabis medicinal “aquellas personas capaces y mayores de 18 años que presenten la receta oficial expedida por el médico tratante”, pero por los 30 días siguientes no podrá volver a comprarlo.

El decreto aclara que los lugares en los que se almacene el cannabis o las especialidades elaboradas con el mismo “no podrán encontrarse expuestos al público y deberán permanecer cerrados con condiciones de seguridad adecuadas y separados de otros productos terapéuticos y medicamentos”.

NOTA EL PAIS




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