Funcionario de la I.D.F será destituido por falsificación de firma.
(FLORIDA CWW33)La Junta Departamental de Florida en comunicado de prensa emitido en las últimas horas, dio a conocer los puntos a tratar en la sesión del próximo jueves 6, donde se destaca en el orden del día la autorización a la I.D.F de destituir a un funcionario de la comuna por falsificación de firma de una arquitecta en reiteradas ocasiones.
Se remite resoluciones adoptadas por diferentes comisiones asesoras del Organismo y que integrarán el Orden del Día de la sesión del jueves 6 próximo:
--Comisión de Legislación y Nomenclátor-
Ref IF. Exp. Nº 01284/14 - JDF Lº 14 Fº 114.- Autorización a la Intendencia para destituir a funcionario.
Antecedente: Dist. Nº. 58 /14
Visto: Estos antecedentes administrativos relativos a la solicitud de la Intendencia para destituir al funcionario Sr. Eduardo Aguerre, Ficha 1213.
Resultando:1) Que del procedimiento disciplinario instruido, surge prueba suficiente de la comisión por parte del sumariado de graves faltas disciplinarias.
2) Que en tal sentido y de acuerdo a los informes de la abogada instructora y de la Asesoría Jurídica existe prueba suficiente de que el funcionario procedió a falsificar la firma de una arquitecta en una veintena de trámites, los que se encuentran individualizados con los números de permiso municipal, fecha, padrón, localidad y propietario, respectivamente:
3) Que asimismo, el funcionario además de presentarlos ante la Administración, participó directamente en el procedimiento posterior en varios, suscribiendo el control técnico, previo a la concesión del Permiso y en otros en los Permisos de Construcción de la profesional involucrada.-.
Considerando: 1) Que la falsificación constituye delito tipificado por la ley penal, sin perjuicio de que pueda haber eventualmente incurrido en otras figuras delictivas.
2) Que si bien no existe al presente pronunciamiento de la Justicia, única competente para tipificar una conducta como “delito”, resulta claro que los actos desplegados por el sumariado evidencian ineptitud moral para el desempeño de la función pública
3) Que el funcionario ha violado en forma reiterada la previsión contenida en el artículo 25 numeral 1 del Estatuto del Funcionario del Gobierno Departamental de Florida.
4) Que habiéndose cumplidos todas las etapas del sumario, y de conformidad con la iniciativa del Sr. Intendente sugerida por la abogada sumariante y por la Asesora Jurídica de la Intendencia; la Comisión de Legislación del Organismo estima corresponde sancionar al funcionario con la pena de destitución.
Atento: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Art. 275º numeral 5 de la Constitución de la República;
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORIDA
R E S U E L V E:
1º.- AUTORÍZASE a la Intendencia de Florida a destituir al funcionario Sr. Eduardo Aguerre, Ficha 1213por la causal de ineptitud, atento al procedimiento disciplinario realizado al involucrado, y sin perjuicio de las medidas que pueda adoptar la Justicia en el caso.-
2º.- Pase a la Intendencia a sus efectos.-
Conformes: Varela, Bentancor, Montaño, Costa, Della Ventura, Machado y Martirena.-